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17 de junio de 2009
CONTINUA QUERELLA CONTRA EL JUEZ GARZÓN
EL SUPREMO RECHAZA EL RECURSO DE GARZÓN CONTRA LA
QUERELLA DE MANOS LIMPIAS
La Sala Penal rechaza todos los argumentos del juez y
dice que será en el proceso donde se determine la veracidad de las
imputaciones.
El
Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso del juez Baltasar Garzón
contra la admisión a trámite de la querella por supuesta prevaricación que
el sindicato ultraderechista Manos Limpias interpuso contra el magistrado
por investigar las desapariciones de personas durante la Guerra Civil y el
franquismo. La resolución era la prevista, ya que estaba en las manos de
los mismos magistrados que decidieron abrir el proceso contra Garzón.
Garzón negó en su recurso de súplica haber prevaricado al declararse
competente en este caso, mientras que la Fiscalía pidió al Supremo que no
admitiera dicha querella. El Supremo, en una interpetación formalista del
recurso, sostiene que un proceso no se inicia porque se sea responsable de
un delito, "sino para poder determinar con garantías si se es o no
responsable".
Para el alto tribunal, someter a un proceso a un juez de la Audiencia
Nacional solo requiere la comprobación de que concurren unos requisitos de
admisibilidad que sólo ha apreciado la Sala, puesto que el fiscal niega
que existan. Aun así, el Supremo deja fuera "las numerosas
consideraciones" hechas por el abogado del juez Garzón, Gonzalo
Martínez-Fresneda, para negar la efectiva comisión de un delito de
prevaricación. Lo que al Supremo le interesa es determinar "si se cumplen
o no se cumplen los requisitos de la admisión de la querella". Todo lo
demás "resulta prematuro".
El Tribunal Supremo no considera "descartable" que Garzón actuase con una
"consciente postergación del derecho y de la Ley, y con premeditada
vulneración del Estado del Derecho", como dice la querella de Manos
Limpias. Tampoco descarta que mantuviese el proceso "a conciencia de no
ser competente".
La sala añade que lo afirmado en la querella no puede ser considerado como
algo "inverosímil", ni por tanto hay razones para que no se admita a
trámite. En definitiva, la petición de que se inicie un procedimiento
contra el juez "no carece de base, ni puede rechazarse por la
inverosimilitud de lo que en la querella se contiene".
"Será en ese proceso donde con arreglo a la Ley y con las debidas
garantías se determine la veracidad de lo sucedido y se hagan las
valoraciones penales que proceda hacer", insiste el Supremo, que
igualmente rechaza la alegación de Garzón de que la Audiencia Nacional no
apreció ningún indicio de prevaricación y de que cinco magistrados
apoyaron expresamente su decisión.
En ese sentido, recuerda que la sentencia que condenó al juez rival de
Garzón, Javier Gómez de Liaño, decía que el delito de prevaricación no
requiere como condición objetiva de punibilidad o de perseguibilidad que
otros jueces hayan denunciado la prevaricación.
Fuente: elpais.com
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